SERVICIO DE APERTURA TEMPRANA DE CENTROS ESCOLARES

El Ayuntamiento de Castrillón desarrolla el SERVICIO DE APERTURA TEMPRANA DE CENTROS ESCOLARES dentro de su objetivo de fomentar la conciliación de la vida familiar, laboral y personal para favorecer la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Descargar TRÍPTICO INFORMATIVO SAT 23-24.

CONTACTO COORDINACIÓN MUNICIPAL: Casa de Encuentro (Rey Pelayo 20-22, Piedrasblancas) – igualdad@castrillon.es, 985508504, whatsapp 654019626.

SERVICIO APERTURA CURSO 2023-2024

La solicitud SE PODRÁ PRESENTAR DESDE EL 01 DE JULIO Y EN CUALQUIER MOMENTO DEL CURSO, CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 3 DÍAS antes de utilizar el servicio. Varias formas de hacerlo:

  • POR CORREO ELECTRÓNICO enviando la solicitud a igualdad@castrillon.es, firmada y en formato pdf. 
  • a través de SEDE ELECTRÓNICA con certificado digital: adjuntando la solicitud a la Instancia de Solicitud General. 
  • PRESENCIALMENTE EN LA CASA DE ENCUENTRO: de 09:00 a 14:00 y de 16:30 a 19:30 horas (julio y agosto horario de mañana).

El Servicio se presta desde las 07:30 horas hasta el comienzo de las clases en 6 colegios:

  • CP Maestro José Luis García – Campiello (Piedrasblancas)
  • CP El Vallín (Piedrasblancas)
  • CP Manuel Álvarez Iglesias
  • EEI Infanta Leonor 
  • Colegio de Pillarno (CRA Castrillón-Illas)
  • CP Castillo Gauzón (Raíces) 

Consiste en:

  • Recepción y atención del alumnado durante la prestación del servicio.
  • Provisión de desayuno según la modalidad elegida, con desayuno elaborado al momento.
  • Entretenimiento y animación con juegos compartidos, manualidades, etc. adaptados a la edad del alumnado.
  • Acompañamiento de las niñas y niños al finalizar el Servicio para ir a las aulas, según establezca cada centro y ciclo educativo.

El alumnado que escoja la modalidad CON desayuno deberá estar mínimo 40 minutos antes del inicio de su actividad lectiva para proporcionarle un desayuno de calidad. Se fomentará la higiene dental tras el desayuno.

Para el curso escolar 2023-24 (ver Calendario Escolar en Educastur) el funcionamiento general será común a todos los centros, si bien algunas cuestiones se concretarán según las condiciones y necesidades individuales de cada centro. Por tanto, aquí podéis descargar el FOLLETO INFORMATIVO PARA FAMILIAS  DEL SERVICIO DE APERTURA Curso 23-24. Como siempre, para cualquier duda estaremos a vuestra disposición a través de los medios habituales.

PRECIO DEL SERVICIO (Ordenanza municipal nº 403). La tarifa se establece por día de prestación del Servicio, según sea con o sin desayuno:

  • Por día de servicio CON desayuno: 2,62€
  • Pôr día de servicio SIN desayuno; 1,96€

Descuento del 20% en el precio del segundo hijo o hija y siguientes en el servicio (CON desayuno: 2,10€; SIN desayuno: 1,57€).
No se puede escoger ambas modalidades a la vez, hay que elegir una a la hora de solicitar. En caso de que haya escogido una y luego se quiera cambiar, se ha de comunicar por escrito (Instancia de Registro por correo electrónico, también en la Casa de Encuentro o por sede electrónica) y se aplicará el cambio por meses enteros (esto es así por motivo de los padrones de cobro).

En la Solicitud se ha de facilitar un Nº DE CUENTA BANCARIA, en el que se cargará el importe de los usos realizados en el Servicio de Apertura cada mes. Se hará un cargo mensual del importe correspondiente (nº de días que se utilizó el Servicio ese mes x precio diario de la modalidad elegida, con o sin desayuno), en torno al día 10 del segundo mes siguiente. Esto puede variar cuando se trata de campamentos en períodos vacacionales, en cuyo caso se indicará en la información específica de la convocatoria de campamentos.

LA EMPRESA ADJUDICATARIA DEL CURSO 2023-24 ES MOTIVA ACTIVIDADES SLL.

A veces nos preguntan por el Servicio de Comedores, pero desde Igualdad no nos compete su gestión: en Campiello, es comedor gestionado por la Consejería y desde el centro; en Vallín, Infanta, Salinas y Raíces es municipal lo gestiona la Concejalía de Educación, a fecha 31/07/2023 la información está en este enlace: comedores en web municipal

SERVICIO DE APERTURA EN CAMPAMENTOS DE PERÍODOS VACACIONALES.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Carnaval 2024.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Navidades 2023.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Puente de Noviembre 2023.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Verano 2023.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Semana santa 2023.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Navidad 2022.

Servicio de apertura temprana en Campamentos Verano 2022.  

Servicio de apertura temprana en Campamentos Semana santa 2022 (primera vez en vacaciones).

corresponsables(1)

Esta actividad recibe financiación del el Gobierno del Principado de Asturias con cargo a los fondos recibidos del Ministerio de Igualdad, Secretaría de Estado de Igualdad y contra la violencia de género, en el marco del Plan CORRESPONSABLES.

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Información de COBROS, DOMICILIACIÓN EN ENTIDAD BANCARIA. Cuando el mes finaliza, la empresa que hace el servicio nos comunica las asistencias y preparamos los datos para que Tesorería elabore el padrón (luego, en el BOPA se publica el período de exposición del Padrón de usuarios/as del servicio de cada mes).  En la Casa de Encuentro os podemos confirmar el importe que se os cargará en cuenta, si tenéis alguna duda de los días que habéis utilizado el servicio. Se carga en torno al día 10 del segundo mes vencido. Ejemplo: el importe de los usos realizados en septiembre se carga en cuenta el 10 de noviembre; los de octubre, en diciembre; los de junio, en agosto, etc. 

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN O EXENCIÓN DE TASAS:

En caso de solicitar BONIFICACIÓN, hay que indicarlo en la solicitud del Servicio y ha de presentarse la documentación requerida para valoración de los ingresos de la unidad familiar, junto con una DECLARACIÓN RESPONSABLE de que todos los ingresos están recogidos en lo aportado:  documentación justificativa de la declaración o declaraciones IRPF unidad familiar, o en su caso lo que corresponda si no hacen declaración, como se establece en la Ordenanza nº 403, Reguladora del Precio Público por la Prestación del Servicio de Apertura Temprana de Centros. Pueden obtener bonificación las familias con ingresos hasta 2,3 veces el IPREM vigente, con los porcentajes de descuento que se indican en el cuadro que se puede ver más abajo. La documentación se deberá acompañar de una Declaración Responsable firmada:

Declaración Responsable CON presentación IRPF

Declaración Responsable SIN presentación IRPF

information

BONIFICACIONES: CÁLCULO DE INTERVALOS PARA EL CURSO 2023-24.

RENTA UNIDAD FAMILIAR

BONIFICACIÓN

Desde 0,00 €HASTA 10.920,00 € (hasta 1,30 IPREM)

100%

desde 10.920,01€ HASTA 12.600,00 € (hasta 1,80 IPREM)

75%

desde 12.600,01 €HASTA 15.120,00 € (hasta 2 IPREM)50%
desde 15.120,01 €HASTA 19.320,00 € (hasta 2,3 IPREM)

25%

EXTRACTO DE LA ORDENANZA Nº 403, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE APERTURA TEMPRANA DE CENTROS EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN PRIMARIA E INFANTIL. Descargar ORDENANZA 403 BOPA 31/12/2021

3. A los efectos de aplicación del sistema de bonificaciones se entenderá por:

 a)      Unidad familiar: Los miembros y modalidades en que es definida por la norma reguladora del impuesto de las Rentas de las Personas Físicas.

b)     Renta familiar: El total de los rendimientos netos obtenidos por la unidad familiar y cuantificados, conforme las normas establecidas para la ultima declaración del IRPF devengado, para determinar la parte general y la parte especial de la base imponible, previa a la aplicación del mínimo personal y familiar, menos los gastos deducibles, todo ello referido a dicho impuesto.

c)      Renta neta familiar mensual: La renta neta familiar, correspondiente a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de servicio, cuantificada según el apartado anterior dividida por 12 meses.

 

4. A los efectos de la acreditación y justificación de las rentas obtenidas, se seguirán las siguientes reglas.

a)    En caso de que la unidad familiar haya realizado declaración o declaraciones de la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último plazo establecido para su presentación voluntaria, se tomarán los datos contenidos en ella.

b)      En caso de que la unidad familiar quiera acogerse a las bonificaciones y la unidad familiar, o alguno de sus miembros, no haya realizado declaración de la renta, se deberá aportar documentación acreditativa suficiente de los rendimientos obtenidos en los últimos 12 meses, en particular nóminas o certificado de la Agencia Tributaria de ingresos percibidos sin obligación de declarar, certificado de catastro sobre titularidad de bienes inmuebles y en caso de que alegue situación de desempleo, acreditación documental de esa situación.

 5. La ocultación de fuentes de ingresos de cualquier naturaleza de la persona usuaria dara lugar, previa audiencia de la persona interesada, a la revisión de la cuota correspondiente con efectos retroactivos, practicándose la liquidación complementaria que corresponda previa Resolución al efecto.

 6. La posible variación de las circunstancias económicas o familiares, una vez concedida la bonificación, deberá ser comunicada al Ayuntamiento

 7. La baremación de los ingresos serán calculados por personal técnico del Ayuntamiento, quien informará a la persona interesada de las bonificaciones a las que tendrá derecho.

 

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